El PMP ha pasado de ser un indicador contable secundario a un dato con impacto real.
Cuentas anuales, contratación pública, acceso a subvenciones y tu relación con los bancos dependen de él. Por ello, conviene saber exactamente qué es, cómo se calcula y qué consecuencias tiene superar los límites legales.
ASPECTOS CLAVE:
- El PMP mide los días medios que tu empresa tarda en pagar a sus proveedores desde la fecha de factura.
- La Ley 15/2010 fija un plazo máximo legal de pago de 60 días en operaciones entre empresas. Publicar el PMP en la memoria de las cuentas anuales es obligatorio para la mayoría de sociedades.
- El cálculo se realiza con la fórmula del ICAC: se pondera cada pago y cada importe pendiente por sus días y se divide entre el importe total.
Qué es el período medio de pago
El PMP es un indicador que expresa, en días naturales, cuánto tarda una empresa de media en pagar sus facturas recibidas. Se calcula sobre el conjunto de operaciones comerciales del ejercicio, ponderando cada pago por su importe.
Hay que distinguir dos conceptos:
- Plazo contractual: el plazo pactado con el proveedor en el contrato o en la factura (por ejemplo, 60 días fecha factura).
- Plazo efectivo: lo que realmente tarda en pagarse desde la fecha de factura hasta la fecha de pago.
El PMP mide el plazo efectivo, que puede ser igual, inferior o superior al plazo contractual. La diferencia entre ambos es la señal más clara de tensiones de tesorería o de políticas de pago desalineadas con lo pactado.
Es un indicador clave de gestión de tesorería y una señal de calidad de la cadena de pago al mercado: subcontratistas, proveedores estratégicos y entidades financieras lo miran.
Marco legal: Ley 15/2010 y Ley 3/2004
La regulación actual del PMP tiene dos pilares normativos.
La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, traspuso la Directiva europea 2000/35/CE y fijó por primera vez en España un marco legal claro sobre plazos de pago.
La Ley 15/2010, de 5 de julio, reformó la anterior y estableció los plazos hoy vigentes:
- 60 días máximo en operaciones comerciales entre empresas, contados desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación del servicio.
- 30 días máximo cuando el deudor es una Administración pública.
Los plazos pactados no pueden ampliar el máximo legal. Cualquier cláusula contractual que lo haga se considera abusiva y puede declararse nula.
Es crucial entender que el plazo legal no es un consejo: es un máximo imperativo. Incumplirlo genera intereses de demora automáticos y, en determinados supuestos, bloquea el acceso a otros derechos societarios.
Quién está obligado a publicar el PMP
La obligación de informar sobre el PMP en la memoria de las cuentas anuales está recogida en el artículo 262 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y desarrollada por la Resolución del ICAC de 29 de enero de 2016.
En resumen:
- Todas las sociedades de capital deben incluir en su memoria el PMP del ejercicio. Las que formulan memoria abreviada también.
- Las sociedades no cotizadas que superen los umbrales de memoria normal están obligadas a publicar además el PMP en su web corporativa.
- El sector público debe publicar su PMP trimestralmente, según la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria.
El PMP aparece cada año, por este motivo, en el depósito de cuentas del Registro Mercantil y en las páginas web de muchas sociedades. Es un dato público, accesible y comparable.
Cómo se calcula el PMP paso a paso
La Resolución ICAC de 29 de enero de 2016 establece la fórmula oficial. El cálculo tiene dos componentes: uno para pagos realizados y otro para facturas pendientes a cierre.
Ratio de operaciones pagadas
Para cada factura pagada durante el ejercicio, se multiplica el importe pagado por los días transcurridos desde la fecha de factura hasta la fecha de pago efectivo. Después se suman todos los productos y se divide entre el importe total pagado.
Ratio operaciones pagadas = Σ (importe pagado × días de pago) / Σ importes pagados
Ratio de operaciones pendientes
Se aplica la misma lógica a las facturas pendientes a cierre del ejercicio. Los días se cuentan desde la fecha de factura hasta la fecha de cierre.
Ratio operaciones pendientes = Σ (importe pendiente × días pendientes) / Σ importes pendientes
Fórmula final
El PMP final pondera ambos ratios por su peso en el total de operaciones:
PMP = [(ratio pagadas × total pagado) + (ratio pendientes × total pendiente)] / (total pagado + total pendiente)
Ejemplo numérico completo
Supongamos una pequeña empresa con las siguientes operaciones en el ejercicio:
Facturas pagadas:
| Proveedor | Importe (€) | Días hasta pago | Importe × días |
| A | 10.000 | 45 | 450.000 |
| B | 5.000 | 30 | 150.000 |
| C | 8.000 | 70 | 560.000 |
| Total | 23.000 | 1.160.000 |
Ratio operaciones pagadas = 1.160.000 / 23.000 = 50,43 días
Facturas pendientes a 31/12:
| Proveedor | Importe (€) | Días desde factura | Importe × días |
| D | 4.000 | 20 | 80.000 |
| E | 3.000 | 35 | 105.000 |
| Total | 7.000 | 185.000 |
Ratio operaciones pendientes = 185.000 / 7.000 = 26,43 días
PMP final:
PMP = [(50,43 × 23.000) + (26,43 × 7.000)] / (23.000 + 7.000) PMP = (1.159.890 + 185.010) / 30.000 PMP = 1.344.900 / 30.000 = 44,83 días
En este ejemplo, la empresa cierra con un PMP de casi 45 días, dentro del plazo legal de 60 días. Si en el ejercicio siguiente las pendientes de pago al cierre se acumularan con más de 90 días de antigüedad, el PMP subiría por encima del máximo legal.
Los días se cuentan siempre como días naturales, no laborables.
Consecuencias de tener un PMP alto
Superar el plazo legal no es un incumplimiento cosmético. Tiene consecuencias tangibles.
- Exclusión de contratación pública a partir de determinados umbrales de cuantía y PMP, según la Ley de Contratos del Sector Público.
- Bloqueo del reparto de dividendos. La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (conocida como “Ley Crea y Crece”) condicionó en determinados supuestos el reparto de dividendos al cumplimiento de los plazos legales de pago. Conviene verificar caso a caso la aplicación concreta.
- Pérdida de acceso a determinadas subvenciones que exigen certificación de buenas prácticas de pago.
- Peor acceso a financiación bancaria: las entidades financieras analizan el PMP como señal de salud de la cadena de pago.
- Riesgo reputacional frente a proveedores estratégicos.
Es fundamental, en consecuencia, integrar el seguimiento del PMP en la gestión financiera ordinaria y no solo al cierre del ejercicio.
Cómo reducir el PMP sin tensionar tu tesorería
Reducir el PMP sin poner en riesgo la caja requiere palancas operativas. Estas son las más utilizadas, en orden de impacto habitual:
- Domiciliación y pagos programados: evitar retrasos por tareas administrativas olvidadas.
- Facturación electrónica: reduce el tiempo entre emisión y registro en tu sistema. Con la implantación progresiva de la factura electrónica obligatoria prevista en la Ley Crea y Crece, este paso se estandariza.
- Renegociación de plazos contractuales con proveedores a cambio de volumen o estabilidad.
- Confirming con pago anticipado: el proveedor cobra antes a través del banco y tú pagas al vencimiento original.
- Descuento por pronto pago cuando el margen lo permite.
- Revisar el circuito interno de aprobación de facturas, que suele ser el cuello de botella real.
- Segmentar proveedores por criticidad y aplicar plazos distintos según el impacto en tu cadena.
- Monitorizar el PMP mensualmente, no solo al cierre.
Una reducción sostenida del PMP mejora la posición financiera, desbloquea opciones de reparto de dividendos y facilita la entrada en contratos públicos relevantes.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo legal máximo tengo para pagar a un proveedor?
En operaciones comerciales entre empresas, el plazo máximo es de 60 días desde la recepción de la mercancía o la prestación del servicio, según la Ley 15/2010. Cuando el deudor es una Administración pública, 30 días. Cualquier pacto contractual que amplíe estos plazos puede ser declarado abusivo.
¿Cómo influye el PMP en mis cuentas anuales?
La memoria de las cuentas anuales debe recoger el PMP del ejercicio y, en su caso, el número de facturas pagadas fuera del plazo legal y el importe. Las sociedades no cotizadas con memoria normal deben además publicarlo en su web. El dato se hace público con el depósito de cuentas en el Registro Mercantil.
¿Puedo repartir dividendos si tengo un PMP superior a 60 días?
La Ley 18/2022 “Crea y Crece” condicionó en determinados supuestos el reparto de dividendos al cumplimiento de los plazos legales de pago. La aplicación exacta depende del tipo de sociedad y de su situación contable. Es recomendable un análisis caso a caso antes de formular la propuesta de aplicación de resultado.
¿Cómo se calcula el PMP cuando hay pagos anticipados?
Los pagos anticipados reducen los días computados para esa factura, ya que el plazo se mide desde la fecha de factura hasta la fecha de pago. Un pago anticipado genera un plazo negativo o cercano a cero, que pondera a la baja el ratio total. La fórmula del ICAC los integra sin reglas especiales.
¿El PMP aparece en el depósito de cuentas?
Sí. Forma parte de la memoria, que es uno de los documentos que se depositan en el Registro Mercantil junto al balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y el estado de cambios en el patrimonio neto. Es un dato público que cualquier tercero puede consultar.
Conclusiones
El PMP no es un dato que se mire una vez al año. Marca tu capacidad de acceder a contratación pública, de repartir beneficios y de negociar con la banca. Su cálculo sigue una fórmula oficial, su publicación es obligatoria y los plazos legales son imperativos.
Planificar la política de pago con horizonte (no improvisarla al cierre) es la diferencia entre una empresa que gestiona su cadena financiera y otra que la padece.
Desde Crivellari & Co planificamos con las empresas su política de pagos con horizonte (no solo la foto del cierre) y te acompañamos si tu PMP llega a ser revisado por la Administración o condiciona decisiones de reparto, financiación o licitación.





