Obligación de Auditar Cuentas: límites y requisitos

¿Estás cerca del límite de la auditoría obligatoria? Descubre cuándo estás obligado.

Redactado por:

Tullio Moreno Crivellari

Última actualización:

20/10/2025
BlogAuditoría
Obligación de auditar

La obligación auditar cuentas nace cuando, durante dos ejercicios consecutivos, se superan dos de tres umbrales (activo, cifra de negocios y empleados) y también en supuestos especiales, lo que activa la obligación de auditar cuentas anuales y cumplir con los requisitos de auditoría obligatoria.

¿Encajas en supuestos especiales aunque no superes los límites de tamaño?

Te explicamos cómo saber si te obligan a auditarte y qué pasos dar para nombrar auditor, planificar el cierre y depositar cuentas a tiempo, sin multas ni fricciones con bancos o administraciones.

ASPECTOS CLAVE

  • Incumplir la obligación de auditar cuentas anuales expone a multas, posible cierre registral y fricción con banca y administraciones.
  • Planificar cierres, conciliaciones e inventarios reduce riesgos y evita sobrecostes.

¿Qué es la auditoría obligatoria de cuentas?


La auditoría obligatoria de cuentas es un examen independiente y sistemático de las cuentas anuales para verificar si presentan la imagen fiel de la situación patrimonial, financiera y de resultados conforme al marco contable aplicable.

Cuando hay obligación, un auditor externo aplica procedimientos basados en riesgo y materialidad, obtiene evidencia suficiente y emite un informe con su opinión (favorable, con salvedades, desfavorable o denegada).

Además de cumplir la ley, la auditoría aumenta la credibilidad ante bancos, inversores, socios y Administraciones, y refuerza el control interno al detectar errores o incumplimientos. No sustituye a la contabilidad ni garantiza la ausencia total de fraude. Ofrece aseguramiento razonable para decidir con datos consistentes.

Para qué sirve en la práctica la auditoría de cuentas

  • Financiación y reputación. Estados auditados mejoran la credibilidad y pueden facilitar mejores condiciones bancarias o la entrada de socios
  • Cumplimiento y orden. Impulsa cierres contables más sólidos, políticas documentadas y trazabilidad.
  • Gestión del riesgo. Identifica incorrecciones y deficiencias de control antes de que escalen a sanciones o conflictos.
  • Gobierno corporativo. Aporta una visión independiente que ayuda al consejo/dirección a priorizar mejoras y medir su impacto.

¿Quién está obligado a auditar las cuentas anuales?

En España, la obligación nace cuando se cumplen al menos 2 de estos 3 límites durante 2 ejercicios consecutivos:

Activo total> 2.850.000 €
Cifra de negocios> 5.700.000 €
Número medio de empleados> 50


Si en el primer ejercicio desde la constitución se superan los límites, puede existir obligación inmediata de auditar ya ese año. Para entrar o salir de la obligación en ejercicios sucesivos rige la regla de los dos ejercicios consecutivos.

Además, están “obligadas a auditarse” las sociedades que no pueden formular balance abreviado (art. 257 LSC).

En fusiones, escisiones o adquisiciones, revisa la comparabilidad de los importes y, si procede, utiliza datos proforma para no “falsear” el test de límites.

Si pasas a ser sociedad dominante de un grupo que deba consolidar, analiza además la obligación de auditar el consolidado.

Obligación aunque no superes los límites (supuestos especiales):

Aunque tu empresa no rebase los umbrales de tamaño, la obligación puede activarse por dinero público, por relación con el sector público, por régimen jurídico o por la estructura del grupo.

El criterio aquí no es el tamaño, sino la exigencia de transparencia y rendición de cuentas que la ley impone en determinados escenarios.

Si te encuentras en alguno de ellos, la auditoría obligatoria se aplica incluso cuando no superas los límites de activo, ventas o plantilla.

  • Dinero público
    • Subvenciones/ayudas acumuladas > 600.000 €: se audita el ejercicio en que se reciben y los vinculados a la inversión/operación.
    • Contratos con AAPP > 600.000 € y que supongan > 50% de la cifra de negocios: se audita ese ejercicio y el siguiente.
  • Fundaciones. Si concurren al menos 2 de: activo > 2.400.000 €, ingresos > 2.400.000 €, > 50 empleados (a cierre).
  • Determinadas actividades/entidades: emisoras de valores, oferta pública de obligaciones, entidades financieras y asimiladas, entre otras previstas por la Ley de Auditoría.
  • Grupos. Cuando existe obligación de cuentas consolidadas, también existe obligación de auditoría consolidada si se superan los umbrales a nivel de grupo.

Requisitos para que la auditoría sea obligatoria

  • Cuándo nace la obligación: cuando durante dos ejercicios consecutivos se cumplen al menos dos de tres umbrales (activo, cifra de negocios y número medio de empleados).
  • Casos con obligación aunque no se superen límites:
    • Subvenciones/ayudas públicas por importe relevante en el ejercicio.
    • Contratación pública que supere ciertos niveles respecto a la cifra de negocio.
    • Entidades reguladas (financieras, mercados, etc.) y cuentas consolidadas.
  • Nombramiento del auditor. Por la Junta General, con periodo de 1 a 3 años (prorrogable), dejando constancia en estatutos/acta e inscribiéndolo en el Registro Mercantil.
  • Documentación y plazos. Formulación de cuentas, puesta a disposición del auditor, trabajo de campo, informe de auditoría y depósito en el Registro dentro de los plazos legales.
  • Sanciones. El incumplimiento de la obligación de auditar o del depósito puede conllevar multas y cierre de hoja registral.
  • Recomendación: si estás cerca del límite auditoría obligatoria, planifica con antelación (datos cerrados, conciliaciones, inventarios) y acuerda calendario con el auditor para evitar retrasos.

Requisitos para ser auditor en España

  • Formación. Titulación universitaria adecuada y formación teórica específica en contabilidad, auditoría, finanzas, derecho y sistemas.
  • Examen de acceso. Prueba oficial de aptitud ante el regulador (con temario técnico y normativo).
  • Experiencia práctica. Periodo de prácticas en auditoría supervisada, con un mínimo de años y horas efectivas en trabajos de auditoría de empresa.
  • Inscripción en el ROAC. Acreditación de formación, examen y experiencia para figurar en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
  • Independencia y ética. Salvaguardas frente a incompatibilidades, confidencialidad y políticas de independencia documentadas.
  • Calidad y actualización. Sistemas internos de control de calidad, formación continua obligatoria, posibles revisiones externas y seguro de responsabilidad civil profesional.

Cumplir la obligación de auditar las cuentas anuales no es solo un trámite. Es fiabilidad, credibilidad y mejor acceso a financiación.

En Crivellari & Co, revisamos si te aplica la obligación de auditoría de empresa, verificamos requisitos, preparamos el calendario y la documentación, y coordinamos el nombramiento del auditor para que llegues al depósito sin incidencias.

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